Apelar una negación de desempleo en Delaware

Una apelación tiene plazos cortos. Calcule su plazo y luego use la carta y la lista para prepararse.

Revisado con fuentes oficiales: 31 de octubre de 2026.

Niveles de apelación y plazos

Apelación ante un árbitro de apelaciones (Appeals Referee)

División de Seguro de Desempleo, Unidad de Apelaciones de Primera Instancia (Division of Unemployment Insurance, Lower Authority Appeals Unit) (Appeals Referee)

Plazo

10 días calendario desde la fecha de envío por correo de la decisión del delegado de reclamos (Claims Deputy)

Cómo presentarla
Apele por escrito por correo electrónico a dol_dui_appeals_request@delaware.gov, por el Portal del Solicitante (Claimant Portal), por correo postal o en persona en su oficina local de UI. Su firma debe estar en la apelación.
Adónde enviarla

Division of Unemployment Insurance, Lower Authority Appeals Unit, P.O. Box 9950, Wilmington, DE 19809

Presentar en línea

Fax: 302-761-6635

Debe incluir
  • Su nombre completo y dirección
  • Su información de contacto
  • El número de expediente (docket number) o número de caso que aparece en la decisión
  • El motivo de su apelación
  • Su firma
Si llega tarde
Los avisos y las páginas web de la División dicen que se debe apelar dentro de 10 días calendario a partir de la fecha de envío por correo. La ley de Delaware establece 15 días calendario después de que la decisión se envíe por correo o se entregue. Si no se presenta una apelación a tiempo, la decisión queda firme. Lea el plazo en su aviso.
Mientras apela
Siga certificando (presentando sus reclamos semanales o cada dos semanas).

Ley (en inglés): 19 Del. C. sec. 3318(b)

Fuente oficial (en inglés): Página de la fuente

Apelación ante la Junta de Apelaciones del Seguro de Desempleo (Unemployment Insurance Appeal Board, UIAB)

Junta de Apelaciones del Seguro de Desempleo (Unemployment Insurance Appeal Board)

Plazo

10 días calendario desde la fecha de envío por correo que aparece en la decisión del árbitro de apelaciones (Appeals Referee)

Cómo presentarla
Presente la apelación de las mismas formas que una primera apelación. Diga específicamente por qué no está de acuerdo con la decisión del árbitro (Referee). La Junta normalmente decide con base en el registro de la audiencia y no celebra una audiencia nueva en todos los casos.
Debe incluir
  • Su nombre completo y dirección
  • El número de expediente (docket number) que aparece en la decisión del árbitro (Referee)
  • Los motivos específicos por los que no está de acuerdo con la decisión
  • Su firma
Si llega tarde
El manual de la División dice 10 días a partir de la fecha de envío por correo de la decisión del árbitro (Referee). La ley de Delaware establece 15 días después de que la decisión se envíe por correo o se entregue. Lea el plazo en la decisión del árbitro (Referee).
Mientras apela
Siga certificando (presentando sus reclamos semanales o cada dos semanas).

Ley (en inglés): 19 Del. C. secs. 3318(c), 3320

Fuente oficial (en inglés): Página de la fuente

Apelación ante el Tribunal Superior (Superior Court)

Plazo

10 días calendario desde la fecha en que la decisión de la Junta de Apelaciones queda firme (15 días después de que se envíe por correo o se entregue)

Qué debe saber
Si no está de acuerdo con la decisión de la Junta de Apelaciones (Appeal Board), puede pedir al Tribunal Superior (Superior Court) del condado donde vive que la revise. La decisión de la Junta queda firme 15 días después de que se envíe por correo, y entonces usted tiene 10 días para presentar la apelación. La decisión de la Junta explica cómo presentarla. No se requiere fianza.

Ley (en inglés): 19 Del. C. secs. 3322(a), 3323

Todos los estados deben dar una audiencia justa ante un tribunal imparcial a cualquier persona cuyo reclamo sea negado.

Ley (en inglés): 42 U.S.C. 503(a)(3) (Social Security Act sec. 303(a)(3))

Calculadora del plazo de apelación

Elija la apelación y escriba la fecha desde la que corre el plazo. Sumamos a esa fecha los días de la regla del estado.

Se calcula en su navegador. Nada de lo que escribe aquí se guarda ni se envía.

Use la fecha que aparece en su aviso en papel o en línea.

Elija la apelación y escriba la fecha

Carta para pedir una apelación

Llene los campos y obtenga una carta que puede imprimir o enviar. Usted escribe los motivos con sus propias palabras. La carta va en inglés porque la agencia trabaja en inglés.

Copie la dirección donde su aviso dice que se envía.

Escríbalo usted, en inglés. No sugerimos qué decir.

Firme la carta y guarde una copia. Siga certificando mientras apela.

Otros formatos

Vista previa (el texto en inglés que usted envía)

Qué dice la carta, en español. Es solo para que usted la entienda; no la envíe.

Lista para preparar la audiencia

Aspectos prácticos y derechos de la información de audiencias de su estado, más su propia lista de testigos y documentos.

Otros formatos

Vista previa

La audiencia

Formato
Las audiencias se realizan ante un árbitro de apelaciones (Appeals Referee). Su Notice of Hearing (Notificación de audiencia) indica la hora, la fecha, el lugar y los asuntos. Puede pedir participar por teléfono; la notificación explica cómo.
Documentos y testigos
Lleve tres copias de cada documento que quiera incluir en el expediente (para usted, para el empleador y para el árbitro). Las declaraciones firmadas generalmente no se pueden usar a menos que la persona que las firmó vaya a testificar; pida que asistan testigos que hayan presenciado los hechos.
Citación (subpoena)
Comuníquese con la Unidad de Apelaciones de Primera Instancia (Lower Authority Appeals Unit) al menos diez días antes de su audiencia para pedir citaciones (subpoenas).
Intérprete
Comuníquese con la Unidad de Apelaciones de Primera Instancia (Lower Authority Appeals Unit) al menos diez días antes de su audiencia si necesita un intérprete o tiene otras necesidades especiales.
Representación
Puede contratar a un abogado para que lo represente. Puede haber asistencia legal gratuita (vea Ayuda gratuita).

Ley (en inglés): 19 Del. C. secs. 3318(c), 3321

Sobrepagos y exenciones

Si finalmente se decide que recibió beneficios a los que no tenía derecho, debe devolverlos, aun si el sobrepago fue un error de la División. En sobrepagos sin fraude, la División puede descontar hasta el 50% de sus beneficios semanales posteriores y no puede cobrar intereses. Si la División encuentra fraude, usted debe devolver el dinero con intereses más una multa de 15%, queda descalificado por 1 año y no puede volver a recibir beneficios hasta que el sobrepago por fraude, la multa y los intereses estén pagados en su totalidad.

Apelar en
15 días desde la fecha de envío por correo del aviso de sobrepago y orden de recuperación
Multa por fraude
15% adicional cuando el sobrepago es por fraude
Exención (waiver)
El estado puede eximir algunos sobrepagos.
El criterio
La División puede eximir (waive) la devolución de un sobrepago que no se debió a fraude si devolverlo iría contra la equidad y la buena conciencia, o si el sobrepago fue resultado de un error del Departamento. Se puede considerar que la devolución va contra la equidad y la buena conciencia si, cuando usted lo solicita, recibe beneficios de un programa de asistencia pública para personas de bajos ingresos que el Departamento designe.
Cómo pedirla
La División le avisa por escrito que puede solicitar una exención (waiver). Usted tiene 30 días a partir de la fecha de ese aviso para enviar una solicitud de exención completa. Si se niega la exención, puede apelar ante un árbitro de apelaciones dentro de 15 días.
Cómo cobra el estado
La División puede descontar los sobrepagos de beneficios futuros, demandar en un tribunal y quedarse con los reembolsos de impuestos estatales y federales (el reembolso federal solo por un sobrepago causado por fraude o por ingresos no informados, después de un aviso que le dé al menos 60 días para responder). Puede dar de baja una deuda sin fraude que no se pueda cobrar después de 3 años y no puede empezar a cobrar un sobrepago sin fraude más de 5 años después de que termine el año de beneficios, a menos que ya haya demandado.

Ley (en inglés): 19 Del. C. sec. 3325; 19 Del. C. sec. 3325(h)

Lo que agrega la ley federal sobre los sobrepagos

  • Si un sobrepago puede ser eximido (waiver), y cómo pedirlo, depende de la ley de su estado. Vea la página de su estado.
  • Su reembolso de impuestos federal puede ser retenido para pagar un sobrepago estatal de desempleo vencido, causado por fraude o por no declarar sus ingresos, una vez que sea definitivo según la ley estatal. Antes de que esto suceda, el estado debe notificarle y darle al menos 60 días para demostrar que la deuda no se debe o no se puede cobrar legalmente.

    Ley (en inglés): 26 U.S.C. 6402(f)

  • Para los sobrepagos por fraude, el estado debe agregar una multa de al menos el 15 por ciento.

    Ley (en inglés): 42 U.S.C. 503(a)(11)

Ayuda gratuita

Llame al 302-761-8446. Asistencia legal y otra ayuda gratuita en Delaware → Fuentes oficiales →

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