Apelar una negación de desempleo en Colorado
Una apelación tiene plazos cortos. Calcule su plazo y luego use la carta y la lista para prepararse.
Todo sobre el desempleo en Colorado
Revisado con fuentes oficiales: 31 de octubre de 2026.
Niveles de apelación y plazos
Apelación ante un funcionario de audiencias (hearing officer)
CDLE Division of Unemployment Insurance, Appeals Section (División del Seguro de Desempleo, Sección de Apelaciones) (funcionario de audiencias)
- Plazo
20 días calendario desde la fecha en que se envió por correo (o electrónicamente) la Notice of Determination (Notificación de decisión)
- Cuenta como presentada
- cuando la agencia la recibe
- Fines de semana y feriados
- Si el día calendario número 20 es sábado, domingo o día feriado legal, el plazo es el siguiente día hábil.
- Cómo presentarla
- Apele por internet en MyUI+ (lo más rápido): vaya a "View and Maintain Account Information", luego a "Issues and Determinations". O llene el formulario de apelación que está al reverso de la Notice of Determination y envíelo por correo o por fax junto con el frente y el reverso de la notificación. Si lo envía por fax, cuenta la fecha de la confirmación del fax.
- Adónde enviarla
Unemployment Appeals Section, P.O. Box 8988, Denver, CO 80201-8988
Fax: 303-318-9248
- Debe incluir
- Una explicación clara de con qué no está de acuerdo en la Notice of Determination y por qué
- La decisión que está apelando (adjunte el frente y el reverso si la envía por correo o por fax)
- Cualquier cambio de dirección
- Si necesita un intérprete
- Su firma y la fecha
- Si llega tarde
- Una apelación recibida después de 20 días es tardía. Envíe una razón detallada antes de su audiencia; en la audiencia debe demostrar causa justificada por la demora, o la apelación se desestima. Si su apelación tiene más de 180 días de retraso, no se programa audiencia y se desestima.
- Mientras apela
- Siga certificando (presentando sus reclamos semanales o cada dos semanas).
Ley (en inglés): C.R.S. 8-74-103(1), 8-74-106(1)(a)-(b)
Fuente oficial (en inglés): Página de la fuente
Apelación de la decisión de un funcionario de audiencias
Industrial Claim Appeals Office (ICAO) (Oficina de Apelaciones de Reclamos Industriales), panel de jueces de derecho administrativo
- Plazo
20 días calendario desde la fecha en que se envió por correo la decisión del funcionario de audiencias
- Cuenta como presentada
- cuando la agencia la recibe
- Fines de semana y feriados
- Si el día calendario número 20 es sábado, domingo o día feriado legal, el plazo es el siguiente día hábil.
- Cómo presentarla
- Use el formulario en línea de ICAO o envíe una carta escrita a mano o a máquina por correo, fax o correo electrónico. No tiene que incluir argumentos al principio; ICAO le dirá cómo enviar una declaración escrita. Cada parte recibe un CD de audio gratis de la audiencia; una transcripción escrita cuesta extra (hay exención de la tarifa si no puede pagar).
- Adónde enviarla
Industrial Claim Appeals Office: Unemployment Insurance Cases, P.O. Box 18291, Denver, CO 80218-0291
Fax: 303-318-8139
- Debe incluir
- Una declaración de que quiere apelar la decisión del funcionario de audiencias
- El nombre del solicitante
- El número de expediente (docket number) que aparece en la decisión
- El nombre de la empresa involucrada
- Cualquier cambio de dirección desde la audiencia
- Si llega tarde
- Si ICAO recibe su apelación después de 20 días, usted debe dar una explicación detallada de por qué es tardía. El panel decide si la acepta.
- Mientras apela
- Siga certificando (presentando sus reclamos semanales o cada dos semanas).
Ley (en inglés): C.R.S. 8-74-104(1)
Fuente oficial (en inglés): Página de la fuente
Notificación de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de Colorado (Colorado Court of Appeals)
- Plazo
21 días calendario desde la fecha de envío por correo de la decisión del Industrial Claim Appeals Panel (Panel de Apelaciones de Reclamos Industriales)
- Qué debe saber
- Si no está de acuerdo con la decisión del panel de ICAO, puede presentar una notificación de apelación ante el Colorado Court of Appeals dentro de los 21 días a partir de la fecha en que se envió por correo la decisión, con prueba de que notificó a la división, a ICAO y a las demás partes.
Ley (en inglés): C.R.S. 8-74-107(2)
Todos los estados deben dar una audiencia justa ante un tribunal imparcial a cualquier persona cuyo reclamo sea negado.
Ley (en inglés): 42 U.S.C. 503(a)(3) (Social Security Act sec. 303(a)(3))
Calculadora del plazo de apelación
Elija la apelación y escriba la fecha desde la que corre el plazo. Sumamos a esa fecha los días de la regla del estado.
Carta para pedir una apelación
Llene los campos y obtenga una carta que puede imprimir o enviar. Usted escribe los motivos con sus propias palabras. La carta va en inglés porque la agencia trabaja en inglés.
Lista para preparar la audiencia
Aspectos prácticos y derechos de la información de audiencias de su estado, más su propia lista de testigos y documentos.
La audiencia
- Formato
- Las audiencias se hacen por teléfono; el funcionario de audiencias le llama al número que usted da cuando se registra. Debe registrarse con el Appeals Check-In Form en línea antes de las 2 p. m., hora de las Montañas, del día calendario anterior a la audiencia (incluidos los fines de semana), usando el Docket ID de su notificación. Si usted es la parte que apela y no se registra o no contesta la llamada, su apelación se desestima. Si nadie llama dentro de 10 minutos, llame al 303-318-9299.
- Aviso antes de la audiencia
- 10 días
- Documentos y testigos
- Lea el paquete de la audiencia (hearing packet) que viene con su notificación y téngalo con usted durante la audiencia. Envíe cualquier otro documento con el formulario de documentación en línea de CDLE (por fax o correo es más lento), y entregue copias a las demás partes que aparecen en la Notice of Hearing (Notificación de audiencia) para que las reciban antes de la audiencia. Dé al funcionario de audiencias los nombres y números de teléfono de sus testigos.
- Intérprete
- Escriba en su formulario de apelación si necesita un intérprete.
- Representación
- Usted tiene derecho a estar presente, a ser representado por un abogado u otro representante, a presentar pruebas y a interrogar a los testigos.
- Si no asiste
- Si usted apeló y no asistió a la audiencia, esta se desestima. Tiene 20 días calendario para apelar la desestimación: envíe por correo electrónico una explicación escrita de por qué no participó a cdle_ui_appeals_front_desk@state.co.us y mande una copia a todas las partes. Se programa una nueva audiencia, en la que usted debe demostrar causa justificada. Si falta a una segunda audiencia, la decisión es definitiva.
Ley (en inglés): C.R.S. 8-74-106(1)(e)
Sobrepagos y exenciones
Un sobrepago significa que usted recibió beneficios a los que no tenía derecho, por ejemplo por ingresos informados incorrectamente, salarios corregidos, trabajar mientras cobraba o una decisión de apelación. CDLE envía una Notice of Determination (Notificación de decisión) que explica por qué y una Notice of Determination of Overpaid Benefits (Notificación de decisión de beneficios pagados de más). El pago vence de inmediato, pero puede establecer un plan de pagos en MyUI+ ("Manage Debt"). Si CDLE determina que usted hizo una declaración falsa u ocultó un hecho importante a propósito, debe el sobrepago más una multa del 65%.
- Apelar en
- 20 días desde la fecha en que se envió por correo la Notice of Overpayment (Notificación de sobrepago) (apele la Notice of Overpayment para disputar el monto; apele la decisión para disputar el motivo)
- Multa por fraude
- 65% adicional cuando el sobrepago es por fraude
- Exención (waiver)
- El estado puede eximir algunos sobrepagos.
- El criterio
- CDLE puede eximir (waiver) el reembolso de un sobrepago que no sea por fraude si reembolsarlo sería injusto. La ley dice que esto incluye, por ejemplo, cuando usted recibió beneficios públicos como SNAP, TANF, SSI, Medicaid o ayuda de vivienda en los 12 meses anteriores a la notificación; los ingresos de su hogar en los 3 meses anteriores a la decisión del sobrepago estaban en o por debajo de cuatro veces las pautas federales de pobreza; usted necesita la mayor parte de sus ingresos para gastos de vida ordinarios; usted cambió su situación para peor confiando en los pagos; o el sobrepago fue causado al menos en parte por un error de CDLE.
- Cómo pedirla
- CDLE revisa la exención cuando decide el sobrepago si tiene suficiente información. Si no la tiene, le notifica su derecho a pedir una exención y cómo hacerlo. Si no puede presentar documentos, CDLE puede aceptar una declaración escrita y firmada. CDLE no intenta cobrar mientras una solicitud de exención esté pendiente.
- Ingresos
- Que los ingresos del hogar estén en o por debajo de cuatro veces las pautas federales de pobreza en los tres meses anteriores a la decisión del sobrepago es una de las razones que enumera la ley.
- Cómo cobra el estado
- Si no se hace ningún pago dentro de los 90 días de la notificación, la cuenta puede enviarse a cobranza. CDLE también puede descontar sobrepagos (incluso de otros estados) de sus futuros beneficios de desempleo.
Ley (en inglés): C.R.S. 8-81-101; C.R.S. 8-81-101(4)
Lo que agrega la ley federal sobre los sobrepagos
- Si un sobrepago puede ser eximido (waiver), y cómo pedirlo, depende de la ley de su estado. Vea la página de su estado.
- Su reembolso de impuestos federal puede ser retenido para pagar un sobrepago estatal de desempleo vencido, causado por fraude o por no declarar sus ingresos, una vez que sea definitivo según la ley estatal. Antes de que esto suceda, el estado debe notificarle y darle al menos 60 días para demostrar que la deuda no se debe o no se puede cobrar legalmente.
Ley (en inglés): 26 U.S.C. 6402(f)
- Para los sobrepagos por fraude, el estado debe agregar una multa de al menos el 15 por ciento.
Ley (en inglés): 42 U.S.C. 503(a)(11)
Ayuda gratuita
Llame al 1-800-388-5515. Asistencia legal y otra ayuda gratuita en Colorado → Fuentes oficiales →
Más preguntas sobre el desempleo en Colorado
¿Dónde puedo obtener ayuda gratuita con un reclamo de desempleo en Colorado?
Colorado Legal Services (Servicios Legales de Colorado) (asistencia legal civil gratuita para residentes de Colorado de bajos ingresos) y Colorado Workforce Centers (centros de trabajo de Colorado) (ayuda gratuita con la inscripción y la búsqueda de trabajo).